Social Security (Español)

0 Comments

Policy Interpretation

FM es un MDI cuando está establecido por evidencia médica apropiada. La FM puede ser la base para encontrar una discapacidad.

I. ¿qué criterios generales pueden establecer que una persona tiene un MDI de FM? Generalmente, una persona puede establecer que él o ella tiene un MDI de FM proporcionando evidencia de una fuente médica aceptable.Un médico con licencia (médico u osteopático) es la única fuente médica aceptable que puede proporcionar dicha evidencia. No podemos confiar solo en el diagnóstico del médico., La evidencia debe documentar que el médico revisó el historial médico de la persona y realizó un examen físico. Revisaremos las notas de tratamiento del médico para ver si son consistentes con el diagnóstico de FM, determinar si los síntomas de la persona han mejorado, empeorado o se han mantenido estables con el tiempo, y establecer la evaluación del médico a lo largo del tiempo de la fuerza física y las habilidades funcionales de la persona.

II. ¿qué criterios específicos pueden establecer que una persona tiene un MDI de FM?, Encontraremos que una persona tiene un MDI de FM si el médico diagnosticó FM y proporciona la evidencia que describimos en la sección II.A o sección II. B., y el diagnóstico del médico no es inconsistente con la otra evidencia en el registro del caso de la persona. Estas secciones proporcionan dos conjuntos de criterios para diagnosticar la FM, que generalmente se basan en los criterios del American College of Rheumatology (ACR) de 1990 para la clasificación de la fibromialgia(los criterios de la sección II.A), o los criterios de diagnóstico preliminar del ACR de 2010(los criterios de la sección II. B)., Si no podemos encontrar que la persona tiene un MDI de FM pero hay evidencia de otro MDI, no evaluaremos el deterioro bajo esta decisión. En su lugar, lo evaluaremos bajo las reglas que se aplican para ese deterioro.

A. los criterios ACR de 1990 para la clasificación de la fibromialgia.Con base en estos criterios, podemos encontrar que una persona tiene un MDI de FM si él o ella tiene los tres de los siguientes:

1., Antecedentes de dolor generalizado—es decir, dolor en todos los cuadrantes del cuerpo (los lados derecho e izquierdo del cuerpo, tanto por encima como por debajo de la cintura) y dolor axial esquelético (columna cervical, tórax anterior, columna torácica o espalda baja)—que ha persistido (o que persistió) durante al menos 3 meses. El dolor puede fluctuar en intensidad y puede no estar siempre presente.

2. Al menos 11 puntos sensibles positivos en el examen físico (ver el diagrama a continuación). Los puntos sensibles positivos deben encontrarse bilateralmente (en los lados izquierdo y derecho del cuerpo) y tanto por encima como por debajo de la cintura.

a., Los 18 puntos sensibles se encuentran a cada lado del cuerpo en:

  • occipucio (base del cráneo);
  • columna cervical baja (espalda y lado del cuello); músculo trapecio (hombro);
  • músculo supraespinoso (cerca del omóplato); segunda costilla (parte superior de la caja torácica cerca del esternón o esternón);
  • epicóndilo Lateral (aspecto exterior del codo);
  • glúteo (parte superior de la nalga);
  • trocánter mayor (debajo de la cadera); y
  • aspecto interno de la rodilla.

b., En la prueba de los sitios de punto tierno, el médico debe realizar la palpación digital con una fuerza aproximada de 9 libras (aproximadamente la cantidad de presión necesaria para blanquear la uña del examinador). El médico considera que un punto sensible es positivo si la persona experimenta algún dolor al aplicar esta cantidad de presión en el sitio.

3. Se excluyeron las pruebas de que otros trastornos que pudieran causar los síntomas o signos. Otros trastornos físicos y mentales pueden tener síntomas o signos que son iguales o similares a los que resultan de la FM., Por lo tanto, es común en los casos que involucran FM encontrar evidencia de exámenes y pruebas que descartan otros trastornos que podrían explicar los síntomas y signos de la persona. Las pruebas de laboratorio pueden incluir imágenes y otras pruebas de laboratorio (por ejemplo, recuentos sanguíneos completos, velocidad de sedimentación de eritrocitos, anticuerpos antinucleares, función tiroidea y factor reumatoide).

B. criterios diagnósticos preliminares ACR 2010.Con base en estos criterios, podemos encontrar que una persona tiene un MDI de FM Si él o ella tiene los tres de los siguientes criterios:

1., Antecedentes de dolor generalizado (véase la sección II. a. 1.);

2. Manifestaciones repetidas de seis o más síntomas de FM, signos o condiciones concurrentes, especialmente manifestaciones de fatiga, problemas cognitivos o de memoria («fibro fog»), despertar sin frescura, depresión, trastorno de ansiedad o síndrome del intestino irritable; y

3. Se excluyeron las pruebas de que otros trastornos que pudieran causar estas manifestaciones repetidas de síntomas, signos o afecciones concurrentes (ver Sección II.a.3.).

III. ¿qué documentación necesitamos?

A. General.

1., Como en todas las reclamaciones de beneficios por discapacidad, necesitamos evidencia médica objetiva para establecer la presencia de un MDI. Cuando una persona alega FM, Los registros longitudinales que reflejan la evaluación médica en curso y el tratamiento de fuentes médicas aceptables son especialmente útiles para establecer tanto la existencia como la gravedad de la discapacidad. En los casos que involucren a FM, como en cualquier caso, haremos todos los esfuerzos razonables para obtener toda la evidencia disponible y relevante para garantizar una evaluación adecuada y exhaustiva.

2., Por lo general, solicitaremos evidencia para el período de 12 meses antes de la fecha de solicitud, a menos que tengamos razones para creer que necesitamos evidencia de un período anterior, o a menos que el supuesto inicio de la discapacidad sea menos de 12 meses antes de la fecha de solicitud. En este último caso, todavía podemos solicitar evidencia de antes de la supuesta fecha de inicio si tenemos razones para creer que podría ser relevante para un hallazgo sobre la existencia, gravedad o duración del trastorno, o para establecer el inicio de la discapacidad.

B. Otras fuentes de evidencia.

1., Además de obtener evidencia de un médico, podemos solicitar evidencia de otras fuentes médicas aceptables, como psicólogos, tanto para determinar si la persona tiene otro(s) MDI como para evaluar la gravedad y los efectos funcionales de la FM o cualquiera de las otras deficiencias de la persona. También podemos considerar evidencia de fuentes médicas que no son «fuentes médicas aceptables» para evaluar la gravedad y los efectos funcionales de la(s) discapacidad (es).

2., Bajo nuestras regulaciones y SSR 06-3P, la información de fuentes no médicas también puede ayudarnos a evaluar la gravedad y los efectos funcionales de la FM de una persona. Esta información puede ayudarnos a evaluar la capacidad de la persona para funcionar día a día y con el tiempo. También puede ayudarnos cuando hacemos hallazgos sobre la credibilidad de las alegaciones de la persona sobre los síntomas y sus efectos.Ejemplos de fuentes no médicas incluyen:

a. vecinos, amigos, parientes y clérigos;

b.empleadores anteriores, consejeros de rehabilitación y maestros; y

C., Declaraciones del personal de la SSA que entrevistó a la persona.

C. Cuando no hay evidencia suficiente para determinar si la persona tiene un MDI de FM o está discapacitada.

1. Podemos tomar una o más acciones para tratar de resolver la insuficiencia:

a. podemos volver a contactar a la persona que trata u otras fuentes para ver si la información que necesitamos está disponible;

b. podemos solicitar registros existentes ADICIONALES;

C. Podemos pedir más información a la persona u otros; o

d. , Si la evidencia sigue siendo insuficiente para determinar si la persona tiene un MDI de FM o está deshabilitada a pesar de nuestros esfuerzos para obtener evidencia adicional, podemos hacer una determinación o decisión basada en la evidencia que tenemos.

2. Podemos comprar un examen consultivo (CE) a nuestro costo para determinar si una persona tiene un MDI de FM o está deshabilitado cuando necesitamos esta información para adjudicar el caso.

a. no compraremos un CE únicamente para determinar si una persona tiene FM además de otro MDI que podría explicar sus síntomas.

b., Podemos comprar un CE para ayudarnos a evaluar la gravedad y los efectos funcionales de la FM determinada médicamente o cualquier otro impedimento(s). Si es necesario, podemos comprar un CE para ayudarnos a determinar si el deterioro(s) cumple con el requisito de duración.

C. Debido a que los síntomas y signos de FM pueden variar en gravedad con el tiempo e incluso pueden estar ausentes en algunos días, es importante que la fuente médica que conduce la CE tenga acceso a información longitudinal sobre la persona., Sin embargo, podemos confiar en el informe de la CE incluso si la persona que lleva a cabo la CE no tuvo acceso a la evidencia longitudinal si determinamos que la CE es la evidencia más probatoria en el expediente del caso.

IV. ¿cómo evaluamos las declaraciones de una persona sobre sus síntomas y limitaciones funcionales?

seguimos el proceso de dos pasos establecido en nuestro reglamento y en SSR 96-7p.

A. primer paso del proceso de evaluación de síntomas.,Debe haber signos y hallazgos médicos que muestren que la persona tiene un MDI(s) que razonablemente se podría esperar que produzca el dolor u otros síntomas alegados. FM que determinamos que es un MDI satisface el primer paso de nuestro proceso de dos pasos para evaluar los síntomas.

B. segundo paso del proceso de evaluación de síntomas.Una vez establecido un IDM, evaluamos la intensidad y persistencia del dolor de la persona o de cualquier otro síntoma y determinamos hasta qué punto los síntomas limitan la capacidad de la persona para trabajar., Si la evidencia médica objetiva no corrobora las declaraciones de la persona sobre la intensidad, persistencia y efectos limitantes funcionales de los síntomas, consideramos toda la evidencia en el registro del caso, incluidas las actividades diarias de la persona, los medicamentos u otros tratamientos que la persona usa o ha usado para aliviar los síntomas; la naturaleza y frecuencia de los intentos de la persona para obtener tratamiento médico para los síntomas; y las declaraciones de otras personas sobre los síntomas de la persona., Como explicamos en SSR 96-7p, haremos un hallazgo sobre la credibilidad de las declaraciones de la persona con respecto a los efectos de sus síntomas en el funcionamiento. Haremos todos los esfuerzos razonables para obtener la información disponible que pueda ayudarnos a evaluar la credibilidad de las declaraciones de la persona.

V. ¿cómo encontramos a una persona discapacitada basada en un MDI de FM?

Una vez que establezcamos que una persona tiene un MDI de FM, lo consideraremos en el proceso de evaluación secuencial para determinar si la persona está discapacitada. Como explicamos en la sección VI., a continuación, consideramos la gravedad del impedimento, si el impedimento médicamente equivale a los requisitos de un impedimento enumerado y si el impedimento impide que la persona realice su trabajo anterior relevante u otro trabajo que exista en cantidades significativas en la economía nacional.

VI. ¿cómo consideramos la FM en el proceso de evaluación secuencial?

al igual que con cualquier reclamo de beneficios por discapacidad para adultos, utilizamos un proceso de evaluación secuencial de 5 pasos para determinar si un adulto con un MDI de FM está discapacitado.

A. en el paso 1, consideramos la actividad laboral de la persona., Si una persona con FM está haciendo una actividad lucrativa sustancial, encontramos que él o ella no está discapacitado.

B. en el paso 2, consideramos si la persona tiene un IDM «severo». Si encontramos que la persona tiene un MDI que razonablemente se podría esperar que produzca el dolor u otros síntomas que la persona alega, consideraremos esos síntomas al decidir si el impedimento de la persona es grave., Si el dolor u otros síntomas de la persona causan una limitación o restricción que tiene más que un efecto mínimo en la capacidad de realizar actividades laborales básicas, encontraremos que la persona tiene un impedimento grave.

C. en el paso 3, consideramos si la(s) discapacidad (es) de la persona cumple o es médicamente igual a los criterios de cualquiera de las listas en la lista de discapacidades en el Apéndice 1, subparte P de 20 CFR Parte 404 (Apéndice 1). FM no puede cumplir con una inclusión en el Apéndice 1 porque FM no es un deterioro de la lista., En el paso 3, por lo tanto, determinamos si FM médicamente equivale a un listado (por ejemplo, la inclusión de 14.09 D en el listado para la artritis inflamatoria), o si médicamente equivale a un listado en combinación con al menos otro impedimento médicamente determinable.

D. evaluación de la capacidad funcional Residual (RFC): en nuestras regulaciones y SSR 96-8p,explicamos que evaluamos la RFC de una persona cuando el impedimento(s) de la persona no cumple o iguala un impedimento enumerado. Basamos nuestra evaluación RFC en todas las pruebas relevantes en el expediente del caso., Consideramos los efectos de todas las deficiencias médicamente determinables de la persona, incluidas las deficiencias que «no son graves».»Para una persona con FM, consideraremos un registro longitudinal siempre que sea posible porque los síntomas de FM pueden aumentar y disminuir para que una persona pueda tener» días malos y días buenos.»

E. en los pasos 4 y 5, utilizamos nuestra evaluación de RFC para determinar si la persona es capaz de realizar algún trabajo relevante en el pasado (paso 4) o cualquier otro trabajo que exista en cantidades significativas en la economía nacional (paso 5)., Si la persona es capaz de hacer algún trabajo relevante en el pasado, encontramos que no está discapacitada. Si la persona no puede realizar ningún trabajo relevante en el pasado o no tiene dicha experiencia laboral, determinamos si puede realizar cualquier otro trabajo. Se aplican las consideraciones profesionales habituales.

1. El dolor generalizado y otros síntomas asociados con la FM, como la fatiga, pueden dar lugar a limitaciones de esfuerzo que impidan a una persona realizar toda la gama de trabajos no calificados en una o más de las categorías de esfuerzo del apéndice 2 de la Subparte P de la parte 404 (Apéndice 2).,Las personas con FM también pueden tener limitaciones físicas o mentales no exercicionales debido a su dolor u otros síntomas. Algunos pueden tener restricciones ambientales, que también son no exercicionales.

2. Los jueces deben estar atentos a la posibilidad de que pueda haber limitaciones de esfuerzo o no (por ejemplo, posturales o ambientales) que erosionen la base ocupacional de una persona lo suficiente como para impedir el uso de una regla en el Apéndice 2 para dirigir una decisión., En tales casos, los jueces deben utilizar las reglas del apéndice 2 Como marco para la toma de decisiones y pueden necesitar consultar un recurso vocacional.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *